VOLUMEN: XII  NÚMERO: 32-33

 

 

VIOLENCIA Y MEMORIA DE TESTIGOS

 

Maria Luisa Alonso-Quecuty

 

1.- Introducción

 

Nunca olvidaré lo que me ha hecho , esta frase que cualquiera que se haya acercado a una víctima ha -sin duda- escuchado, está a la base de un grave error de apreciación de cómo funciona la memoria humana; este grave error de apreciación puede ocasionar y sin duda ha ocasionado, errores judiciales en los que son los inocentes erróneamente identificados, quienes pasan a ser las víctimas al ser acusados de delitos que nunca han cometido.

Por supuesto que una víctima de un delito (más aún si éste lo es contra su libertad sexual) nunca olvidará lo que le ha sucedido, pero ello no implica que sea capaz de recordar los detalles, los rasgos de su agresor, …es precisamente la violencia de la situación lo que hace difícil un recuerdo exacto de los hechos; de tal manera que cuanto mayor sea  la alteración emocional sufrida por la víctima durante y tras el delito, menos fiable será su recuerdo de todos esos datos que desde el sistema legal se le reclamarán y a los que se les otorgará carácter  de verdad absoluta.

Desde mi experiencia en la práctica de la psicología del testimonio, he podido ver cómo las creencias que los jueces, y otros actores del sistema legal policías, fiscales, abogados, policías, trabajadores sociales), poseen sobre los testigos (especialmente cuando éstos son niños) no suelen ajustarse a las teorías científicas disponibles desde la Psicología del Testimonio. ¿Por qué sucede esto? La explicación la tenemos en el proceso seguido para la construcción de estas creencias.

Todos y cada uno de los actores del sistema legal (jueces, magistrados, fiscales, letrados, policías),  como individuos pertenecientes a clases profesionales concretas, han desarrollado sus creencias en el campo del testimonio desde la información recibida de dos fuentes: (a)  los conocimientos adquiridos desde las Facultades de Derecho, las Escuelas de Judiciales,  etcétera,  y (b)  la práctica cotidiana con los testigos a lo largo del proceso legal. Tanto en el contexto de la formación, como en el de la experiencia, la información psicológica recibida sobre las capacidades cognitivas (memoria, razonamiento..) de los testigos es prácticamente nula en cualquiera de estos colectivos profesionales. Así,  en muchas ocasiones, los juicios valorativos realizados sobre los testigos no concuerdan con la realidad. Un ejemplo lo tenemos en  las variables que afectan a la exactitud de la memoria de las que la violencia percibida de la situación no es la de menor importancia : lo que la psicología del testimonio conoce sobre la memoria y su funcionamiento no siempre coincide con las creencias que las personas tienen sobre el funcionamiento de la memoria de los testigos (Mira y Diges, 1991).

El presupuesto que subyace a las creencias erróneas que existen  sobre la exactitud de los testimonios de los testigos presenciales es el de que la memoria es una cámara de  video que graba todo lo que sucede y lo guarda hasta el momento en el que necesitemos recuperar esta información previamente grabada. En ese momento, podríamos recordar los hechos tal y como sucedieron. Esta es una de las múltiples ocasiones en las que la verdad psicológica y la jurídica se alejan la una de la otra.

Como muy bien sabe la psicología, la memoria es algo muy diferente a  esa cámara que supuestamente graba una información y nos permite recuperarla sin daño,  todo lo contrario: la memoria es un proceso reconstructivo (Bartlett, 1932) en el que todo lo que entra no tiene por qué ser, necesariamente, igual a lo que sale. Cuanto mayor sea la intervención en la memoria del testigo por la policía, por los jueces, por todos y cada uno de los que intervenimos en un procedimiento legal.... mayor posibilidad de error en ese relato de memoria. No olvidemos que cada vez que se formula a un testigo una pregunta que contenga expectativas o premisas que puedan inducir una respuesta incorrecta, cuanta mayor insistencia en que realice una identificación en las ruedas de fotografías o en vivo, cuantas más veces le pidamos que recuerde lo sucedido, mayor será el número de detalles erróneos – cuando no decididamente falsos- que el testigo podría estar introduciendo en su memoria (ver Alonso-Quecuty, 2001 2003). Estos detalles nuevos, creados por el propio proceso, coexistirán con los detalles originales, pudiendo producirse un error de fuente (el testigo no sabrá si algo que recuerda fue parte del incidente original o ha sido generado artificialmente durante las sucesivas, declaraciones, exploraciones...) y –tenemos que asumirlo- pudiendo llegar a dañar irremisiblemente el recuerdo original (ver Diges , 1997)

Obviamente, si hablamos de víctimas el riesgo es aún mayor que si hablamos de testigos, ya que probablemente no hayan dispuesto de los recursos cognitivos suficientes ni siquiera para realizar una correcta “grabación” de lo sucedido. En contra de las creencias de los legos, cuando una persona se enfrenta a una situación estresante, su recuerdo de esa situación es de peor calidad, ya que toda su atención se centra el arma (basta con que la víctima crea que la hay, o la puede haber) , en la posibilidad de huida, en la toma de decisiones (ceder o no a la violencia sexual de la que se está siendo víctima)... etcétera (Loftus,1979)

Este es particularmente peligroso cuando estamos hablando de niños, cuyas estrategias de metamemoria no están lo suficientemente desarrolladas como para protegerlos de esta contaminación de los recuerdos; de ahí que, como ocurre con frecuencia en los casos de presuntos abusos sexuales a niños muy pequeños, se llega a crear un falso recuerdo de episodios que nunca existieron pero en los que al final, el menor cree firmemente, fabricándole así una infancia como víctima de unos incidentes que nunca tuvieron lugar (p.e. Ceci y Bruck, 1993)

En este capítulo se pretende dar una visión, al alcance de legos y expertos, sobre los riesgos  que supone la aceptación sin más de la declaración de un testigo o una víctima simplemente por cumplirse el criterio de ausencia de incredibilidad subjetiva, esto es: por no haber nada que nos haga sospechar que exista animadversión  contra el acusado, lo que nos llevaría a la aceptación sin más de un testimonio como veraz e, inmediatamente, como exacto.

 

2.- La memoria, una compañera infiel

 

Me acuerdo perfectamente, parece que lo estoy viendo, si supiera dibujar te lo dibujaría… éstas y otras expresiones las utilizamos cotidianamente en nuestras conversaciones referidas a vacaciones , antiguos compañeros de colegio, viajes de familia, etc. No obstante, la  memoria – nuestra memoria- no funciona tan bien como creemos y los recuerdos, nuestros recuerdos, no son tan fiables como desearíamos.  Lo que no pasa de ser una anécdota en una discusión familiar, en el contexto legal se vuelve una fuente gravísima de error que debemos evitar cuidadosamente.

 

2.1. ¿Recordamos lo que vemos o lo que creemos ver?

 

La primera precaución a la hora de hablar de un recuerdo es considerar cuidadosamente cual es su origen. No siempre lo que recordamos se corresponde con la realidad físicamente percibida: no siempre lo que creemos ver es lo que vemos realmente. Un ejemplo, tan frecuente como triste, lo tenemos en los trastornos alimenticios: la persona que se ve obesa en el espejo puede estar por debajo del peso mínimo que garantiza su supervivencia. Curiosamente, este error de percepción se ha generalizado y en la actualidad ya se está dando la percepción contraria: personas realmente obesas que al mirarse en el espejo ven la imagen de un cuerpo con un peso normal. En ambos casos, el error de percepción es idéntico: lo que veo no es lo que me refleja el espejo, sino mi interpretación de ese reflejo. Si me piden que recuerde esa misma imagen del espejo, mi recuerdo será el de la imagen deformada, no el de la imagen real.

En el contexto legal, esos errores no sólo afectan al que los comete, sino que tienen lo que ahora se llamarían  daños colaterales : llevan a errores judiciales importantes.  En estos casos, la interferencia en nuestra percepción de la situación no la genera un trastorno que el testigo o la víctima padezcan, sino la violencia que  – cada día con más frecuencia- l acompaña el incidente delictivo.

La violencia ni siquiera tiene que estar presente en el incidente, basta con que la víctima crea que lo está para que sus recursos mnémicos se vean disminuidos y el recuerdo pierda en cantidad y calidad de los detalles recordados.

Uno de los ejemplos más interesantes que yo he presenciado se produjo en uno de los casos en los que he tenido la oportunidad de intervenir como perito judicial.

Una niña de unos 11 años recordaba como su padre había asesinado a una joven prostituta en presencia de la niña cuando ésta tenía sólo unos cinco años de edad.  Al desaparecer la hermana mayor de la niña ésta se cree en la obligación de advertir a su madre sobre la posibilidad de que su padre sea el culpable. La investigación  no mostraba nada que confirmara el relato de la menor, pero tampoco mostraba nada que permitiera descartarlo sin más. En este contexto tuve ocasión de explorar a la niña. Como resultado de mi exploración se concluyó que la niña narraba un episodio sexual entre su padre y la joven prostituta. Cuando la niña de cinco años creyó estar viendo un asesinato (forcejeo de dos cuerpos, gritos de la prostituta) n lugar de un episodio sexual, lo almacenó como tal y a lo largo de los años había reelaborado su recuerdo contaminándolo con todos los elementos que su posterior afición a películas de terror le habían proporcionado: cuchillos, sangre por todas partes, etc.

Pese a que la edad de la menor que realizaba la tarea de recuerdo era suficiente para que fuera capaz de diferenciar una interacción de carácter sexual de un episodio de agresión física, el hecho de haberlo presenciado a una edad en la que no era capaz de realizar esta diferenciación había producido un recuerdo erróneo, aunque verdadero de los hechos.

El  problema de la interferencia que los aspectos violentos de una situación suponen para el recuerdo de los detalles del episodio tiene su máximo exponente en lo que se ha venido a denominar el problema del foco en el arma (ver Loftus, 1979).

Una anécdota real que puede servir para ejemplificar este efecto, es la siguiente:

Una amiga de la autora de este capítulo, profesora experta en la investigación experimental de la memoria de testigos, estaba en una sucursal bancaria cuando entraron dos asaltantes con medias cubriéndoles la cabeza. Uno de ellos le puso un cuchillo en el cuello a la vez que exigía de los empleados de la entidad bancaria que le den el dinero. La situación terminó con la huida de los asaltantes. Más tarde, la testigo fue  capaz de describir el arma con detalle, pero su descripción del asaltante se redujo a que la media tenía una carrera.

Como vemos, la focalización en el arma hace que cuando un testigo es amenazado por un arma, toda su atención se centre en ella, ignorando al agresor que lo amenaza. El resultado es el previsible: los testigos son incapaces de describir al asaltante, sólo al arma (ver Steblay, 1992 para una revisión).

En  el caso comentado en el párrafo anterior el error de la víctima es un error de omisión, deja de proporcionar información válida para la investigación. Pese a lo frustrante que ello fuera para todos, el peligro mayor no es el de las omisiones, sino el de los errores de comisión: alterar los detalles percibidos o incluir detalles que no estaba presentes en el episodio..

Siguiendo con anécdotas reales,  les comentaré una de la que tuve el dudoso placer de ser protagonista: al salir de un restaurante con un grupo de amigos, todos ellos investigadores expertos en Psicología del Testimonio, fui asaltada por dos hombres. Uno de ellos llevaba una navaja que me puso en el cuello y  con la que consiguió que le diera el bolso que llevaba la hombro. Tal como acaba de señalar, mi recuerdo es el de una navaja (pequeña, negra, con es marcas en el mango). No obstante, uno de mis amigos, el que quedó más cerca de mí y de mi asaltante afirmó siempre que se trataba de un cuchillo de proporciones importantes. Nunca se detuvo a mi agresor, nunca recuperé lo robado, nunca he olvidado la navaja y mi amigo nunca olvidó el cuchillo.

No se si es por mi trabajo en este campo, o si guardo alguna similitud con  Jessica Fletcher,   la entrañable protagonista de la serie de televisión: Se ha escrito un crimen, o si es sólo cuestión de  mala suerte, lo cierto es que mis amigos parecen tener una cierta propensión a que les ocurran incidentes que luego me proporcionan a mí ejemplos como éstos, así que aún tengo otro que comentarles. En esta ocasión, el foco en el arma que se produce es aún más curioso.

Los hechos sucedieron en Madrid, cuando paseaba con un amigo por los alrededores de la estación de Atocha;  una monjita muy anciana que iba detrás de nosotros, nos advirtió de que un hombre le había robado algo del interior de la mochila a mi amigo. Nos indicó el lugar en el que se había refugiado el ladrón, un local de videojuegos próximo. El salón  tenía forma de U con dos puertas  y pasillos laterales que se adentraban  hacia el fondo de la sala. Al final del pasillo  de la izquierda se encontraba el joven que nos había robado. Lo llamamos y mantuvimos una calmada negociación con el en la zona de entrada entre los dos pasillos. Mi amigo le explicó que no le iba a servir de nada la cartera ya que no contenía dinero sino los papeles de la moto. Al oír la palabra papeles, el joven de aspecto marroquí, aunque con unos ojos grises muy claros, se puso muy nervioso, se apresuró a asegurarnos que él tenía papales que era un turista como nosotros y sacó la cartera de debajo de su chubasquero y nos la devolvió a mi amigo. Durante todo el incidente,  enfrente de nosotros permanecía inmutable un guardia de seguridad de los videojuegos al que el ladronzuelo daba la espalda y  que -dicho sea de paso- no hizo absolutamente nada para ayudarnos.

Cuando instantes después comentábamos el incidente, mi amigo no recordaba lo llamativo del muchacho: sus ojos grises enormes y muy claros... más aún no era consciente de la presencia del guarda de seguridad.

Analizando las causas de estas ausencias en su recuerdo, encontramos la respuesta: durante todo el incidente, su atención había estado centrada en la posibilidad de que el ladrón sacara un cuchillo de debajo del chubasquero:  el foco en un arma en ausencia de arma había actuado exactamente igual que si la hubiera habido. En mi caso, al no haber activado el estereotipo no tener que interactuar con el ladrón – no era yo la víctima, solo un testigo - y ser consciente desde el principio de la presencia del guardia de seguridad – n sentía la necesidad de intervenir en defensa de mi amigo- , la alteración emocional provocada por el incidente fue mucho menor, de ahí que mi recuerdo fuera más completo: no había consumido recursos en estar alerta ni en decidir cuando actuar.

Pero los problemas  no terminan con la percepción/codificación correcta o incorrecta, completa o incompleta del incidente. A continuación, el testigo, la víctima, debe  retener esa información para, posteriormente, recordarla.

 

2.2. Retener es alterar

 

Hablar de retención es hablar de reelaboración de los recuerdos. Cada vez que recuperamos un recuerdo, lo actualizamos, coloreamos ese recuerdo. La situación puede ejemplificarse con la de escribir un capítulo como éste. El primer día el archivo de Word que se crea es apenas el esqueleto del texto que se pretende escribir. A lo largo de las sesiones de trabajo,  este archivo de texto, lo vamos  abriendo, corrigiendo, mejorando y guardando de nuevo; Así, día tras día durante las semanas que dura  la tarea. Cuando, finalmente, imprimimos ese archivo, la información que contiene poco tiene que ver con la que introdujimos el primer día de trabajo.

En el contexto legal. Estas modificaciones, autocorrecciones, cambios de todo tipo que efectuamos sobre nuestros recuerdos, lejos de suponer una estrategia correcta de trabajo – como lo es en el caso del capítulo-  implica la creación de una versión de los hechos que, aún manteniendo lo esencial del episodio delictivo que hemos sufrido/presenciado, contiene detalles alterados, faltan datos, se han incluido detalles que no estaban en el incidente... etc. En esta tarea de “reescritura” de nuestro recuerdo, pueden participar otros testigos, la policía con sus entrevistas... , hablamos entonces de un fenómeo de iatrogenia; pero,  también puede ocurrir que seamos nosotros los  únicos responsables del cambio que conseguimos dándole vueltas y más vueltas al incidente en nuestra cabeza. , en este caso hablamos de hipercatexia. Sobre el problema de la iatrogenia trataré más adelante, quedémonos ahora con la hipercatexia, la más difícil de valorar.

 Entendemos por hipercatexia, un tipo de contaminación de origen interno, provocada por el propio individuo que la sufre y que se produce al entender éste que los contenidos de origen interno que ahora recuerda como resultado de sus reflexiones, pensamientos...  etc., tienen su origen en una fuente externa: el incidente delictivo mismo. Como es obvio, el riesgo de hipercatexia aumenta con el paso del tiempo y los múltiples intentos de recuerdo

Hace unos años, recibí una llamada de un fiscal que se planteaba, con un espíritu crítico digno de encomio,  la relevancia de la declaración del único testigo en el que basaba su acusación. La consulta me llevó a conocer los detalles del caso: una joven va por la calle hacia casa de su abuela a media tarde cuando siente un golpe en su espalda; al llegar a casa descubre que ha sido víctima de un apuñalamiento. Al no haber sido consciente de lo que sucedía no se ha producido ningún revuelo que permita disponer de testigos que pudieran haber presenciado el incidente. Como resultado de la agresión, la joven fallece.  Posteriormente, se detiene a un hombre sospechoso de haber mantenido alguna relación con la joven. En ese contexto, se presenta una mujer que afirma haber estado regando las plantas de su terraza, cuando escuchó una discusión entre un hombre y una mujer. A lo largo de las diferentes declaraciones que realiza, su versión se va modificando hasta que en un último momento inmediato a la celebración del juicio oral, la señora declara haber oído como un hombre y una mujer discutían por una posible ruptura de relaciones y como el hombre afirmaba textualmente: como de abandones te mato.

Resulta poco creíble que si escuchamos una amenaza de muerte  sólo informemos de una discusión, no obstante, algo debe haber sucedido para estas modificaciones en el relato.

Si acudimos al concepto de hipercatexia, podemos encontrar la explicación. Sin duda, esta señora tuvo ocasión de ir reelaborando sus recuerdos a lo largo del proceso: una discusión por un lado, la muerte de una joven a manos – supuestamente- de un hombre casado. El esquema prototípico de estas situaciones es de todos conocido: hombre casado conoce jovencita, jovencita se cansa y lo deja, hombre casado se siente despreciado y se vuelve violento. Desde esa violencia, que en principio debemos admitir que sólo estaría presente en el esquema de interacción prototípico, es fácil admitir la posibilidad de que aparezcan elementos del tipo amenaza de muerte como los  que la testigo cree recordar. Una vez contaminado el recuerdo por la activación del esquema, la testigo introduce la amenaza de muerte en su recuerdo de la discusión, lo que declara en la última fase del proceso con total buena fe.

En esta ocasión, el procesado no fue condenado para tranquilidad de todos nosotros.

La tarea de “reescritura” de nuestro recuerdo, también puede tener su origen en las aportaciones que agentes externos, otros testigos, la policía con sus entrevistas... realizan a nuestra memoria, hablamos entonces de un fenónemo de iatrogenia.

El término iatrogénia tiene su origen en la medicina  y se entiende como tal aquello que está en el enfermo como resultado de la intervención médica y que no se encontraba en él con anterioridad a ésta (Capafons, 1999).

En Psicología del Testimonio hablaremos de iatrogenia para referirnos a la contaminación de origen externo de nuestros recuerdos. Así, los contenidos aportados por otros testigos, por la policía, por todos y cada uno de los que rodeamos a un testigo/víctima tras un incidente delictivo, son percibidos como contenidos que estaban en el propio episodio.

Si la hipercatexia tenía relación con el paso del tiempo por el número de ocasiones de que dispone el testigo para recordar una y otra vez lo sucedido, en el caso de la iatrogenia el peligro del paso del tiempo reside en el número de veces en las que el testigo es preguntado por lo sucedido: la iatrogenia es una función directa del  el número de exploraciones, tomas de declaración, entrevistas a las que se somete al testigo, así como del número de ocasiones en las que el testigo mantiene conversaciones informales sobre el incidente con amigos, familiares... etc.

 

2.3. Recordar es equivocarse.

 

A estas alturas del capítulo, la autora espera haberles convencido de lo que no es sino el principal postulado de la Psicología del Testimonio: el que un testigo relate de buena fe todo lo que recuerda sobre el suceso presenciado no significa que otras personas ajenas a los hechos (jueces, jurados) puedan llegar a saber lo que realmente sucedió (Loftus, 1979).

Los sucesivos intentos de recuperar la información que realiza el testigo tras el incidente están, en la mayoría de los casos, guiados por entrevistadores (policías, jueces instructores, médicos forenses) que no sólo desconocen los beneficios de un buen procedimiento de entrevista, sino, lo que es más peligroso aún, desconocen los peligros que una mala entrevista supone para la memoria del testigo. En este punto del capítulo  veremos algunas de las claves disponibles desde la investigación de la memoria, para  ayudar al testigo a recuperar sus recuerdos sin dañarlos.

¿Qué sucede en una entrevista/toma de declaración/exploración de un testigo o de una víctima? El proceso se divide en dos fases claramente diferenciadas: En un primer momento, se formula al testigo, víctima o sospechoso una pregunta sencilla del tipo: ¿qué sucedió ? o, cuénteme lo que recuerde de (...). A partir de esta pregunta, el entrevistado describe los hechos tal y como los recuerda. La información obtenida en esta primera fase se caracteriza por su exactitud, no hay riesgo alguno de inducción de respuesta por parte del entrevistador. No obstante, esta garantía viene acompañada de una enorme pobreza en detalles. El entrevistado menciona sólo aquellos aspectos de los hechos que considera relevantes, lo que en ocasiones le lleva a ignorar información que, si bien no es central en lo sucedido, puede resultar valiosa a la hora de la investigación policial.

La segunda fase de la entrevista estándar es una etapa de preguntas y respuestas. En ella, el entrevistado responde a preguntas específicas que tienen como objetivo la obtención de un número mayor de detalles. Es en ese segundo momento de la exploración donde surge el riesgo de contaminar los recuerdos del testigo, el riesgo de  que la memoria del testigo a la salida del despacho contenga información extra – que puede ser errónea o no, pero que no estaba en su relato cuando llegó a la exploración. El riesgo de que se haya producido la iatrogenia depende de dos factores:  el tipo de pregunta  formulada  y su estructura interna.

En lo que se refiere al tipo de pregunta, Richardson, Dohrenwend y Klein (1965) diferencian dos grandes categorías de preguntas en la entrevista estándar: cerradas y abiertas. Se entiende por preguntas abiertas aquellas que requieren de una declaración muy extensa (muchas palabras) para que la respuesta sea la adecuada. Un ejemplo puede ser: ¿qué le sucedió anoche al salir del restaurante?. Este sería el tipo de preguntas al que aludía al hablar de la primera fase de entrevista estándar (fase narrativa). Las preguntas cerradas, por su parte, se caracterizan,  al contrario de lo que ocurre con las preguntas abiertas,  por el hecho de que pueden ser respondidas adecuadamente en pocas palabras. Dentro de esta segunda categoría se diferencian tres nuevos tipos de preguntas:  (a) Identificadoras que requieren la descripción de personas, lugares, grupos, momentos, etc. Un ejemplo podría ser: ¿cómo era el joven que le robó el dinero? (b) de Selección que dan alternativas múltiples (dos o más) al interrogado para que elija  una respuesta. Por ejemplo: ¿el ladrón la amenazó con un cuchillo o con una navaja?, y (c) de Sí-No, son preguntas que pueden ser respondidas satisfactoriamente sólo con un sí o un no: ¿llevaba marcas de pinchazos en los brazos?

Cada uno de estos tipos de preguntas cerradas tiene sus propios problemas. Comenzando por esta última, en la categoría Sí-No existe el problema del sesgo afirmativo. El entrevistado tiende a responder siempre sí, independientemente del contenido de la pregunta; como veremos más adelante en este capítulo, el efecto  se acentúa cuando se trata de interrogar a niños (Doris, 1991). Por otra parte, en la categoría de preguntas cerradas que denominamos de Selección, es donde el riesgo de contaminación es mayor. Si a un testigo (ingenuo) de un asalto se le pregunta: ¿qué tipo de drogas cree ud. que habían consumido: cocaína, hachís, o éxtasis? se le está haciendo creer que los asaltantes estaban bajo la influencia de algún tipo de drogas, lo que puede llevar al testigo, no sólo a elegir una de las mencionadas por el policía (cocaína, hachís o éxtasis), sino que a partir de ese momento recordará a ambos asaltantes como drogadictos, lo que puede llevarle a dar descripciones erróneas tanto de su aspecto físico (el estereotipo les muestra con un alto grado de deterioro físico), como de su comportamiento (mayor nerviosismo en la interacción).

Lo mismo sucede con las preguntas Identificadoras  que pueden contener información que contamine la memoria de la víctima o testigo entrevistado. Un ejemplo lo tenemos en la pregunta tipo: ¿cómo era el cuchillo? que puede llevar al entrevistado a dar una descripción de un arma que nunca vio -realmente se trataba de una navaja- y que desde ahora recordará haber visto. Como podemos apreciar, cada tipo de preguntas conlleva un riesgo asociado.

El segundo factor de riesgo de las técnicas interrogativas está relacionado con la estructura interna de las preguntas. En ocasiones estas resultan sugerentes o tendenciosas a partir, simplemente, de la presencia en las mismas de ciertas premisas y expectativas  (Richardson, Dohrenwend y Klein, 1965). Se considera que una pregunta contiene una premisa contaminante cuando se formula recogiendo el conocimiento previo del entrevistador. Por ejemplo, la pregunta: ¿este chico que la asaltó iba drogado como van siempre? asume que el entrevistador cree en una relación causal entre drogadicción y delincuencia. Lógicamente,  el peligro de que la pregunta resulte tendenciosa viene en función del grado de veracidad que posea, para el testigo, la información de la premisa. Si el testigo conoce casos en los que los asaltantes iban drogados, el riesgo de contaminación en la pregunta será mayor que si su experiencia (propia o a través de terceros) es la contraria (premisa falsa).

Una expectativa contaminante, por su parte, se refiere a la parte de la pregunta en la que el entrevistador indica la respuesta que desea recibir. Si a la víctima del asalto se le pregunta: ¿le quitó el bolso del hombro? no genera expectativa ninguna de respuesta, pero sí la genera en el caso de que la formulación sea: ¿le arrancó el bolso del hombro, no es así?

Lógicamente, el efecto sugerente de las preguntas por estos dos factores, el tipo de pregunta y su estructura interna, dependerá también de las características del testigo que estemos interrogando. La sugestión, además de estudiarse desde el enfoque experimental, ha sido considerada también desde la perspectiva de las diferencias individuales. Desde este punto de vista, la sugestión se ve mediatizada por un cierto número de factores cognitivos y de personalidad entre los que estarían: sexo, edad, inteligencia, memoria, ansiedad, deseabilidad social, asertividad, autoestima y locus de control (Gudjonsson, 1992). Todos ellos pueden influir en la mayor o menor resistencia a los efectos de las preguntas durante la fase interrogativa de la entrevista estándar (ver Alonso-Quecuty, 2001, 2003)

 

3..- La memoria de los niños: ¿Herramienta o arma?

 

En los últimos años hemos visto como la violencia se ha dirigido a los niños; al principio, sólo eran hechos aislados que sucedían fuera de nuestro entorno. Cuando sabíamos de la trágica historia de James el niño de tres años asesinado por John y Robert de 12 y 13 años de edad, aunque conmocionados, dábamos por descontado que esas cosas nunca sucederían en nuestro país, nuestra ciudad, nuestro barrio. Unos años más tarde, se llevó a cabo en los medios de comunicación una campaña de sensibilización con sus asesinos a los que prácticamente se deja como víctimas de una sociedad violenta a la vez que se les exime de  responsabilidad sobre lo sucedido. Coincidiendo con esta campaña exculpatoria desaparece en España un niño de raza gitana, Jonathan, de edad similar a la de James, de pelo rubio como James, de ojos azules como James, al que su familia pierde de vista unos instantes en un centro comercial, como sucedió con James y cuyo cuerpo aparece  en unas condiciones que – al menos en parte- recuerdan el destrozo sufrido por el cuerpo de James. Ya no hablamos de Inglaterra, ahora es en nuestro país donde suceden hechos tan terribles.

En marzo del pasado año, un niño Canario: Jeremy desapareció cuando jugaba en la puerta de su casa. Todos los canarios seguimos el caso en su día y aún hoy seguimos pendiente de que se encuentre al niño o, al menos, su cuerpo.

Contra los niños hay muchas formas de ejercer violencia, en muchos casos la violencia tiene carácter sexual y en la práctica totalidad de las ocasiones esta violencia se ejerce sin testigos que puedan, si no evitar que los hechos sucedan, al menos corroborar las declaraciones de las víctimas. La única herramienta que le queda al sistema legal es el relato que los niños hacen de lo sucedido.

Ahora la gran pregunta es: si los adultos somos tan sensibles a los elementos contaminantes de nuestra propia memoria y de la contaminación por  agentes externos: ¿qué sucede con la memoria de los niños? A partir de este punto del capítulo me referiré preferentemente al recuerdo que los niños poseen de la violencia sexual de la que presuntamente hayan sido víctimas.

La única buena noticia en estos casos es la escasa probabilidad de que los niños hayan contaminado su relato gracias a la información previa de carácter sexual que pudieran poseer.  Ese es el primer requisito que debemos tener en cuenta a la hora de evaluar la credibilidad de un relato de un niño sobre un delito contra su libertad sexual: debe tratarse de un niño sin información sexual suficiente como para haber podido fabricarlo.

Es verdad que en la actualidad la información sexual está disponible en kioscos de prensa, televisión... etc., no es menos cierto que en dichos elementos podrían resultar, y resultan, informativos sobre la dinámica del sexo, pero también es cierto que la sexualidad que presentan poco o nada tiene que ver con la que se ejerce contra un niño; ítem more, no es la fisiología de esa sexualidad la que es objeto de la imágenes sino su mecánica.

Así las cosas, el riesgo de hipercatexia podríamos decir que en el niño es menor que en los adultos. No ocurre lo mismo con la iatrogenia, aquí el perfil es el opuesto: los niños son los más sensibles al riesgo de que sus recuerdos sean  contaminados , cuando no construidos de principio a fin, por influencias externas.

 

3.1.- Fuentes de influencia sugestivas: Todos somos culpables

 

Lo primero que hay que tener en cuenta a la hora de hablar de influencia sugestiva ejercida sobre la memoria de un niño es que el riesgo de contaminación no se limita a niños de edad preescolar. Si bien son los más pequeños, los más sensibles a la sugestión, los más manipulables, recordemos que la influencia sugestiva puede tener efecto hasta en la edad adulta, así que no importa la edad del niño en él resultará siempre muy peligrosa.

Lo segundo a tener en cuenta es que no sólo podemos ejercer sugestión con las preguntas sugerentes que veíamos en la sección anterior de este capítulo,  basta el tono en el que se habla de una persona o de una actividad, la insistencia con la que se le pregunta sobre esa persona, sobre sus acciones.. y esto no sólo ocurre en entrevistas formales. Pensemos que el descubrimiento o la mera sospecha de un episodio de agresión sexual a un menor dispara todas las señalas de alarma a su alrededor.

Obviamente, no todos los niños son igual de susceptibles a la sugestión, pero no hay instrumentos capaces de situar al niño en un gradiente de susceptibilidad que nos permita excluir sin más el riesgo de que se haya producido.

Sería de utilidad que pudiéramos actuar preventivamente y entrenáramos a nuestros niños en resistencia a la sugestión, pero ello resulta especialmente difícil aún a los expertos en el tema. Eso no es extraño si tenemos en cuenta la dificultad que existe en el entrenamiento de entrevistadores para que no resulten inintencionadamente sugestivos.

En un trabajo de Offe  publicado hace unos pocos años en castellano (Offe, 2000) se aborda el problema de estas influencias sugestivas  que no podemos identificar con  intentos premeditados de elaborar un relato falso  para que el menor lo refiera como real,  pero que pueden llevar a evaluadores inexpertos a entenderlos como tales.

En su artículo, Offe se limita a  recoger los resultados de investigadores con peso indiscutible en el contexto de la sugestión de los testigos infantiles como Steve Ceci ( Ceci y Bruck, 1993;  Ceci, Foss y Toglia, 1987;  Ceci, Ross y Toglia, 1987), pero lo hace con un grado de organización que constituye casi una check-list de riesgo de sugestión. Su utilidad para presentar los informes de credibilidad en cualquier pericial, me ha hecho considerar la conveniencia de dedicarle este último apartado.

Offe insiste mucho en  el hecho de que esta influencia puede estar siendo producida  por adultos  del entorno del menor a los que mueve el miedo a que  haya pasado un episodio o episodios determinados que, desde su conocimiento de la sexualidad adulto, intuyen en comentarios de los menores.  A partir de esta interpretación sexualizada, transmiten al niño su interpretación distorsionada de los hechos que el menor ha mencionado.

La autora  ha tenido ocasión de evaluar menores sometidos a este tipo de influencia sugestiva durante períodos de tiempo que en ocasiones pueden llegar a prolongarse durante más de un año, durante el cual el menor está siendo constantemente bombardeado con preguntas sugestivas por parte de su entorno familiar y de un número cada vez mayor de profesionales (médicos, psicólogos,...) que entran en escena a petición de familia o letrados. El poder devastador de estas interferencias en la memoria de un niño asusta a los que llevamos años  trabajando la evaluación de la credibilidad de menores víctimas de delitos contra la libertad sexual.

 

3.2.-    Valorar el riesgo de influencia sugestiva

 

Según Offe (2000) para valorar la posible existencia de la influencia sugestiva hay que tener en cuenta el contexto de descubrimiento del supuesto abuso sexual. Hablaríamos aquí de cuestiones como:

a)                    frente a quién se hizo la primera declaración

b)                    en que situación fue hecha

c)                     si fue espontánea o en respuesta a un interrogatorio

d)                    que posición y expectativas tenía el receptor de la declaración

e)                    que clase de preguntas se hicieron

f)                      que informaciones fueron entregadas claramente

g)                    como reaccionó el receptor  frente a las informaciones recibidas.

 

Además de este contexto de descubrimiento, tendríamos que tener en cuenta otros factores como: con quién se habló, que expectativas tenía y la posible modificación de la declaración a lo largo del tiempo.

Obviamente el que el menor hable del episodio con personas del entorno familiar -como es tan frecuente en estos casos-  no implica sin más  que se pueda descartar un testimonio por sugerido,  aunque las preguntas que se le hayan formulado al niño durante esas conversaciones hayan sido sugestivas. Lo que es muy diferente, es que la búsqueda de confirmación de las expectativas de la familia (o de los profesionales) que rodea al menor al comienzo del proceso, se prolongue en el tiempo hasta conseguir confirmar sus expectativas, no la confirmación/ disconfirmación de la ocurrencia del episodio que es lo que creen estar buscando.

Offe termina sus comentarios señalando siete condiciones que - de darse-  nos llevarían a valorar que el menor ha estado sometido a una alta influencia sugestiva:

1)     Las expectativas del interlocutor: Si son positivas a la ocurrencia del hecho

2)     La posición previa/ expectativas del interlocutor  con el hecho y con el presunto autor:  Estereotipos negativos frente al acusado.

3)     La frecuencia de las conversaciones e interrogatorios:  Es posible llegar a  distorsionar incluso aspectos centrales.

4)     La forma de relación personal entre el niño y su interlocutor: 

a)    una relación de autoridad, esto es, de plena confianza hacia el interlocutor

b)     una marcada diferencia de estatus

c)    una relación de dependencia.

5)      La claridad del recuerdo en el momento de las primeras informaciones. El mayor riesgo aparece en los casos en los que las primeras informaciones son vagas o el hecho sucedió hace tiempo.

6)      El cambio de testimonio en el transcurso del tiempo:  Cambios evidentes en el episodio a través del tiempo  pueden indicar influencias sugestivas  eficaces.

7)     La edad del niño: La probabilidad de sugestión es mayor en los niños más pequeños.

 

Como resultado de la sugestión:

1)    la sospecha se instala en estos adultos que rodean al menor (normalmente la familia, pero también profesionales que carecen de hipótesis alternativas sobre lo que pudiera haber sucedido).

2)    las expectativas sobre lo que ellos sospechan que ocurrió se transmiten al menor a través de conversaciones y preguntas de forma insistente

3)    el menor acaba confirmando lo que esos adultos esperan.

 

3.3.- Evaluación del éxito de la influencia sugestiva

 

Llegados a este punto, es difícil asumir que un niños llegue al final de un proceso sin haber sufrido en mayor o menor grado influencia sugestiva. Ahora lo que no interesa es poder valorar si esa influencia a tenido o no éxito.

La evaluación del éxito de la influencia sugestiva ejercida sobre el recuerdo de un niño  se realiza a partir de dos hechos de fácil comprobación: el primero es la claridad del recuerdo en el momento de las primeras declaraciones. Si éstas son vagas o el hecho sucedió hace un cierto tiempo, la posibilidad de que la influencia sugestiva haya tenido éxito aumenta.  El segundo hecho a tener en cuenta es el cambio de testimonio en el transcurso del tiempo: si aparecen cambios evidentes en el episodio a través del tiempo pueden indicar influencias sugestivas eficaces.

A partir de estas condiciones, Offe concluye que  la eficacia de la influencia sugestiva depende de dos factores: la repetición y la intensidad de los interrogatorios a los que se someta al menor el cual acabará creyendo, como ciertos, aquellos hechos que otros le lleven a fabricar,    lo   que constituirá   una  nueva  victimización   de  la  que  la  ley  no  podría,  de  momento,  protegerle. 

Es muy importante, para terminar con este punto, señalar que la influencia sugestiva no indica sin más la intención de fabricar para el niño un relato falso de lo sucedido. Ese el aspecto más triste del problema: somos todos -no sólo la familia- los que intervenimos los que con buena fe, con la mejor de nuestras intenciones, vamos reconstruyendo para el menor un episodio que, si en el primer momento, no poseía ningún dramatismo, tas nuestra bienintencionada intervención  si lo poseerá y – lo que es aún más grave- quedará en le memoria del niño quizás para siempre.

 

4,. Protegiendo los recuerdos de los niños: Protocolo de exploración

 

En este punto, presentaré un guión de cómo debería realizarse esa exploración si queremos minimizar los riesgos -evitarlos en su totalidad es imposible- de contaminación de sus recuerdos. Este guión es fruto de una recopilación  de estrategias de exploración a menores recogidas por diversos autores (Bull, 1995) y de mi propia experiencia de muchos años explorando menores en el contexto legal.

El protocolo consta de cuatro fases: 

            1ª) creación de un clima de confianza,

            2ª) obtención de un recuerdo de los hechos en estilo libre narrativo

            3ª) formulación de preguntas

            4ª) finalización de la entrevista.

Veamos que hacer en cada una de ellas.

La primera fase tiene como objetivo prioritario establecer un clima de confianza que permita al niño sentirse tan cómodo y relajado como  le sea posible durante la exploración; cómo conseguirlo es  un arduo trabajo. Dependiendo del sexo del menor y de su edad, las claves son diferentes. En cualquier caso,  esta conversación sobre temas de su interés con  el menor no sólo cubre el primer objetivo de relajar al niño, también nos permite conocer información sobre su desarrollo social, afectivo y cognitivo (nivel de vocabulario, capacidad para relatar episodios de su vida cotidiana...). El objetivo perseguido es relajar al menor, pero no al entrevistador; éste deberá estar atento no sólo a las reacciones del menor, sino a su propio comportamiento. Así, deben tenerse en cuenta una serie de precauciones. En primer lugar, hay que presentarse al menor (que normalmente no sabe con quien se va a encontrar) y explicarle las razones de la entrevista, en términos que él comprenda y evitando adoptar una actitud autoritaria. En segundo lugar, no hay que mencionar el episodio que motiva la exploración durante esta primera fase; si lo hacemos, el objetivo de relajar y dar confianza al menor sería prácticamente imposible de alcanzar. Por último, si el menor es explorado porque exista sospecha de que pudiera  haber  sido víctima de un delito contra su libertad sexual, debe tenerse especial cuidado en no tocarle temas en ningún sentido que pueda relacionar con ese episodio.

 Esta primera fase de la exploración del menor debería terminar explicando al niño las distintas opciones que va a tener para responder a las preguntas que le formularemos  durante la  entrevista. No olvidemos que la experiencia de los menores con las preguntas de un extraño la ha obtenido en el contexto escolar con un único modelo de referencia: los exámenes. Así, los niños aprenden que no deben contestar  “no sé” que existen respuestas correctas y respuestas incorrectas, que no deben dejar ninguna pregunta sin contestar, etc. Todas estas preconcepciones erróneas que el menor posee sobre lo que sería correcto y lo incorrecto resultan muy peligrosas durante una exploración.  A continuación se recogen algunas de estas opciones o aclaraciones que se deberían hacer al menor antes de comenzar las preguntas sobre el episodio que motiva la exploración:

1ª) Hay muchas formas de responder a las preguntas.

2ª) Lo mejor es decir siempre la verdad, si la sabes, o decirme que no conoces la respuesta si no sabes lo que te estoy preguntando.

3ª) Si te pregunto por algo que no ha ocurrido, lo correcto es decirme que eso no te ha pasado.

4ª) Si te hago una pregunta y si sabes la respuesta, pero no quieres que hablemos de eso ahora, no debes decirme que no sucedió o que tú no recuerdas nada de eso... debes decirme la verdad: que no tienes ganas de hablar de eso ahora o que no te gusta esa pregunta...

5ª) Es mejor no responder una pregunta que decir NO cuando la respuesta es SI.

6ª)Si no quieres hablar de algo, me lo dices y hablamos de otra cosa un rato.

7ª) Si no entiendes alguna pregunta, no me digas que SI o que NO sólo para salir del paso; dime sólo: no entiendo lo que me preguntas, y yo te lo aclararé.

Llegados a este punto estaremos en condiciones de pasar a la segunda fase de la entrevista. En este punto, cabe recordar que si bien el objetivo de toda entrevista es la obtención de información desde el entrevistado hacia el entrevistador, la realidad es que, con demasiada frecuencia,  el entrevistador proporciona en los contenidos de su pregunta información sobre cual sería la respuesta esperada o deseada. En estos casos,  la información fluye en la dirección equivocada desde el entrevistador hacia el entrevistado: la entrevista está sugiriendo las respuestas, el interrogatorio es sugerente. En el caso de que el entrevistado sea un niño, el peligro de que la sugestión tenga éxito es aún mayor.

No todas las preguntas presentan el mismo riesgo de contaminación de la memoria (Endres, 1997). Así, se considera que el riesgo es menor  si, como se debería hacer en la segunda fase de la entrevista, se formula al niño sólo preguntas abiertas del tipo: ¿qué pasó? ó  ¿qué viste? Con ellas obtendremos un relato de memoria de forma libre y sin sesgo por parte del entrevistador. No obstante, si cuando el entrevistado era un adulto ya advertíamos del problema de la  brevedad de las respuestas obtenidas mediante este procedimiento, cuando el entrevistado es un niño el efecto se  agudiza. El niño, y cuanto más pequeño sea peor, suele resumir lo sucedido en poco más de un par de frases. En el caso de que se esté hablando de episodios que le resulta incómodo relatar, aún será más breve y hará una exposición muy abstracta de lo sucedido. Así las cosas, con frecuencia -si no en la totalidad de los casos-  el entrevistador se ve obligado a formular preguntas concretas de carácter cerrado.

La tercera fase  de la entrevista se centra en la formulación de esas preguntas cerradas. Ya he comentado el riesgo de estas preguntas en los testigos adultos, pero aún así habría unas más peligrosas que otras. Entre ellas se encuentran: a) preguntas de identificación. Son las que menor riesgo conllevan. Un ejemplo lo tenemos en las preguntas del tipo: ¿qué hora era?, o ¿tú, donde estabas? , b) preguntas de selección, en ellas se ofrece al niño la posibilidad de elegir entre varias opciones de respuesta (p.e. ¿quién era, un hombre o una mujer?). Aquí, hay que señalar el riesgo de un sesgo muy peligroso en el caso de niños: los más pequeños tienden a elegir siempre la última de las opciones planteadas. c) preguntas de Sí-No (p.e. ¿el hombre dijo algo o no lo dijo?). presentan los mismos riesgos que las anteriores, acentuados, por el hecho de que en esta ocasión,  sólo existen dos opciones de respuesta.

Recordemos siempre que para un niño siempre será más fácil contestar a preguntas de donde y cuando que a las de cómo o por qué.

Una vez finalizadas las preguntas,  entraríamos en la cuarta fase de la entrevista, en ella se trataría de situar al menor en el mismo -si no mejor- estado de ánimo en el que se encontraba cuando se inició la entrevista. Volver al contexto escolar y de su vida cotidiana, es una buena  opción a desarrollar antes de dar por terminado el proceso de exploración el menor.

 

5.- Credibilidad del Testimonio

 

Siempre que se me pregunta en conferencia o cursos si es posible detectar la mentira pongo el mismo ejemplo: hacienda. Si los psicólogos fuéramos capaces de saber si alguien miente o dice la verdad, hacienda nos habría nombrado miembros de honor de la agencia tributaria.

No, no es posible detectar si alguien miente, lo más cerca que estamos de ello es valorando la credibilidad de una muestra muy concreta de población: niños  y sobre un tipo de delito aún más concreto; los que se cometen contra la libertad sexual de los menores.  Así, en este último punto del capítulo me referiré exclusivamente  a la evaluación de la credibilidad de las declaraciones de niños que dicen haber sido objeto de algún tipo de delito contra su libertad sexual.

 

5.1.- Condiciones para la evaluación de la credibilidad.

 

La primera consideración a la hora de abordar la evaluación de la credibilidad de un testimonio es el hecho de que si bien la mentira nunca es real, nunca es verdad, la verdad puede ocasionalmente no ser tan real como queremos suponer.

Cuando hablamos de la mentira estamos hablando de conciencia e intencionalidad. El mentiroso es conciente de que lo que dice es falso y tiene la intención de que el oyente lo crea verdadero

La verdad nunca es mentira, esto es obvio, pero no siempre es real. La verdad se corresponde con un relato que el emisor cree real (aunque pueda no serlo) y que comunica sin intención de engañar al oyente

Así nos podemos encontrar, como de hecho ocurre, con niños que informan de hechos que no sucedieron realmente pero en los que se les ha hecho creer consciente o inconscientemente por los adultos, familia y/o profesionales, que les rodean durante el proceso. De ahí la importancia de aclarar que lo que vamos a evaluar no es la sinceridad del niño, sino la realidad de su relato: si los hechos que dice haber sufrido, ocurrieron realmente.

Además de las dos limitaciones ya mencionadas: edad y tipo de delito, la evaluación de la credibilidad exige el cumplimiento de otras condiciones  de similar importancia.

La primera condición es poder estudiar en profundidad el sumario/diligencias previas que se hayan instruido hasta el momento en el que se solicita la evaluación.  La disponibilidad de toda la información que contiene el sumario es innegociable ya que nos va a permitir valorar, en primer lugar, el contexto en el que se produjo el descubrimiento: qué dijo el niño, a quién se lo dijo, que respuesta recibió... etc. Como hemos visto en apartados anteriores de este capítulo, sin esa información sería muy difícil la evaluación de la sugestión que podría haber sufrido el niño a lo largo del proceso.

En segundo lugar, el estudio del sumario nos va a permitir el contraste del relato que obtengamos del niño, con los que el mismo niños ha emitido en situaciones anteriores: ante el juez, ante el médico forense, ante otros psicólogos... etc.; este contraste de relatos es de enorme importancia a la hora de poder realizar el análisis de la credibilidad de su testimonio.

Por último, el estudio del sumario también nos va a permitir acceder a los informes que previamente se hayan emitido por los diferentes profesionales que hayan intervenido antes de nosotros.

La segunda condición que debe cumplirse para poder realizar correctamente la evaluación de la credibilidad es la obtención de un relato válido y fiable. El cómo lograrlo ha sido tratado en el punto anterior  por lo que sólo quiero reseñar aquí su importancia.

La tercera condición es la evaluación de la posible influencia sugestiva sobre la que también me he extendido en apartados previos de este capítulo.

Resumiendo, tenemos un niño o niña – sin conocimiento sexual suficiente- que dice haber sido víctima de un delito contra su libertad sexual.; de su relato conocemos el contexto de descubrimiento, sus declaraciones anteriores,  sabemos quienes han intervenido con el menor antes de nosotros y conocemos su informes... podemos valorar el riesgo de sugestión sufrida, estamos ahora en condiciones de abordar la evaluación de su credibilidad.

 

 

5.2.- Evaluación de la credibilidad.

 

La investigación de la credibilidad del testimonio -en lugar de la del testigo- surge a instancia de la psicología forense aplicada (Undeutsch, 1958) en un intento de evitar los errores que existen en la valoración de la credibilidad de los testigos/víctimas infantiles. Con este fin se proponen una serie de criterios que son empleados con éxito en el diagnóstico de la realidad de las declaraciones de niños víctimas de abusos sexuales.

Undeutsch, a partir de los criterios de Trankel (1972) y de su experiencia en el campo de la evaluación de declaraciones de niños víctimas de abusos sexuales, desarrolla un primer procedimiento de análisis de la credibilidad: el Statement Reality Analysis (SRA) (Undeutsch, 1957, 1967, 1982,  1984, 1989).

El punto de partida de este procedimiento de análisis es una reformulación del criterio de realidad de Trankel: Las declaraciones basadas en hechos reales (auto-experimentados) son cualitativamente diferentes de las declaraciones que no se basan en la realidad y son mero producto de la fantasía. Los criterios de realidad reflejan los aspectos en los que difieren específicamente los testimonios sinceros de los falsos. Por otra parte, se entiende que los niños carecen de información suficiente sobre el sexo como para fabricar relatos suficientemente realistas sobre episodios sexuales.

El procedimiento de evaluación de la credibilidad propuesto por Undeutsch se aplica a  dos tipos de relatos igualmente importantes. El primero,  la declaración del niño obtenida por el encargado de evaluar la credibilidad de su testimonio. Esta declaración debe ser lo suficientemente extensa como para permitir el análisis, pero debe realizarse de forma narrativa libre, sin preguntas ni interrupciones.  El segundo bloque de relatos lo componen las declaraciones previas realizadas por el menor ante las distintas instancias legales. 

Undeutsch  agrupa los criterios de análisis en dos grandes categorías según se refieran a la declaración considerada aisladamente, o a la secuencia de las declaraciones que el niño ha realizado en los diferentes momentos de la investigación. En cada caso, la presencia de un criterio en la declaración favorece su credibilidad (salvo en el caso de los criterios negativos) a la vez que su ausencia no la hace disminuir. Entre estos criterios se encuentran: la contextualización espacio-temporal, la concreción, la riqueza de los detalles...) mientras que como criterios negativos (cuya presencia haría dudar de la realidad de la declaración) Undeutsch menciona: la falta de consistencia interna, de consistencia externa  y de consistencia con las leyes de la naturaleza  o de la ciencia.

Por otra parte, como criterios derivados de la secuencia de declaraciones estarían: la falta de persistencia y las declaraciones previas inconsistentes

Además de la mera presencia/ausencia de cada uno de estos criterios, Undeutsch señala que la evaluación final de la declaración del niño debe considerar: la intensidad con que ha sido pronunciado cada uno de los criterios, el número de detalles que aparecen en la declaración, la capacidad de la persona que declara  y las características del suceso

El informe final llevará a la elección de una de estas cinco opciones: creíble, probablemente creíble, indeterminada, probablemente increíble o increíble.

Llegados a este punto, cabe hacer una llamada a la reflexión: Si la no-existencia de un criterio no invalida un relato, ¿cuando podemos considerar que un relato ha sido fabricado?. Undeutsch señala dos posibles vías para llegar a esa conclusión: en primer lugar, se hace necesaria la presencia de, al menos, tres criterios para considerar un relato creíble; por otra parte, la presencia de los criterios negativos en un relato serían causa de una valoración del mismo como increíble.

La segunda pregunta que se nos plantea al aplicar la SRA al relato de un niño es el peso a otorgar a cada criterio. Según Undeutsch, éste depende de una serie de factores entre los cuales dos son de vital importancia: la capacidad de la persona que declara y la complejidad del suceso.  Podemos desde la Psicología, evaluar la capacidad de un menor, pero la complejidad del episodio es algo mucho más difícil  de considerar en su justa medida.

Por último, queda una tercera pregunta por hacer: si aplicando la SRA llegamos a la conclusión de que un relato es real, esto es: el niño realmente ha sido víctima de un delito contra su libertad sexual, ¿significa esto que la autoría  del delito corresponde inevitablemente a la persona a la que el menor se la adjudica?. Según el propio Undeutsch, no hay por qué asumir que si un niño está narrando un episodio real, el autor no sea quien el niño afirma. No obstante, el propio Undeutsch entiende, como un presupuesto de la validez de la SRA, el que los niños carecen de información sexual suficiente para inventar un relato sobre este tipo de episodios.

En opinión de la autora de este capítulo, ambos supuestos entran en contradicción. Un menor que hubiera sido víctima de un delito contra su libertad sexual, poseería suficiente información- y esa es su tragedia - como para narrarnos lo sucedido con todo el realismo que su conocimiento le otorga, por lo tanto el contenido del relato sería real. No obstante,  bien por iniciativa propia, bien por consejo de algún adulto, podría cambiar la autoría señalando a un inocente  con lo que  su relato, aunque real, no sería creíble. En cualquier caso, siempre habría de ser una persona con acceso al menor en el contexto y momento que el menor narra, lo cual reduce el número de candidatos considerablemente. Tampoco hay que olvidar que una evaluación de la credibilidad del menor por un perito no puede -ni debe- usurpar la autoridad de la Sala a  quien, en última instancia, corresponde pronunciarse sobre la culpabilidad o inocencia del procesado.

En síntesis, tendemos un procedimiento válido para la evaluación de declaraciones de niños sin experiencia sexual, de las que teniendo en cuenta - entre otros factores - la capacidad del menor y las características del suceso, podremos llegar a decidir si lo que el niño dice que le ha sucedido ocurrió realmente, aunque – en mi opinión- no si el autor es quien el niño afirma.

El procedimiento originalmente diseñado por Undeutsch ha dado lugar a  nuevos métodos semi-estandarizados de análisis de declaraciones como el Content criteria for statement analysis (CBCA) (Steller, 1989; Steller y Köhnken, 1989; 1990).

Es curioso observar como la ignorancia del argumento teórico que subyace a la CBCA y el origen de sus criterios, que mantienen intactos los presupuestos de Undeutsch, lleva a algunos profesionales – desde mi experiencia, médicos forenses sin ninguna formación psicológica y –lo que es mucho más grave- algún atrevido viejo profesor de nuestras facultades de psicología, a entender la CBCA como algo totalmente diferente –y “por supuesto” mejor- que la SRA. Esta falta de información les lleva a discutir el empleo de la SRA en lugar de la CBCA en alguna pericial o a preguntar –tras cuatro horas de curso explicando en que consiste la evaluación de la credibilidad de menores, por los “famosos criterios de Steller”. Con el fin de evitar que la ignorancia, siempre atrevida, nos confunda, veamos la CBCA como lo que realmente es: una mera reformulación  de los “famosos criterios de Undeutsch” con sus ventajas y sus inconvenientes.

La CBCA añade algunos criterios a los considerados por Undeutsch en la SRA, a la vez que elimina los criterios negativos que incluía Undeutsch en su técnica. Así, la presencia de cualquiera de los criterios listados contribuiría a una mayor credibilidad; una vez más, la ausencia de un criterio no va en detrimento de la realidad de la declaración.

Steller y Kühnken simplemente reformulan los criterios de Undeutsch. Así, algunos de los criterios aparentemente eliminados de la SRA cuando se reformula en la CBCA. Concretamente, los criterios negativos cuya mera presencia invalidaba el relato del menor según Undeutsch. En esta ocasión, los tres criterios aparecen agrupados en la última categoría del a SRA destinada a las cuestiones relacionadas con la investigación. Por otra parte, también reaparecen algunas de las consideraciones que Undeutsch señalaba como a tener en cuenta al valorar la declaración de un menor, en concreto las referidas a la competencia del propio menor que en la SRA aparecen recogidas en la primera de la categorías que la componen: características psicológicas del niño.

Más allá del “tirón de orejas” que merecen quienes sobre valoran la CBCA desde la ignorancia de sus orígenes, la CBCA tiene una única pero importante ventaja sobre la SRA de Undeutsch: el haber sido objeto de diversas investigaciones tanto en simulaciones realizadas en el laboratorio, como en estudios de campo respecto (Horowitz, 1991; Lamb y cols., 1999; Ruby y Brigham, 1997; Steller, 1989;  Steller y Köhnken, 1989).

 En la investigación realizada mediante simulaciones, la mitad de los testigos ven la secuencia en video de un incidente (i.e. un discusión familiar), mientras que la otra mitad de la muestra recibe un texto que narra ese mismo incidente. Los resultados  muestran cómo algunos de los criterios (número de detalles y producción desestructurada) aparecen en mayor cantidad en las declaraciones verdaderas que en las falsas. No obstante, otros criterios (detalles periféricos) no permitirían diferenciar entre ambos tipos de declaraciones (Köhnken y Wegener, 1982). En esta investigación el foco se sitúa en el testimonio. Veamos que ocurre cuando se traslada hacia el evaluador.

En lo que se refiere a los trabajos de campo, el empleo de este material para validar los criterios de la CBCA se encuentra con la dificultad de que en la vida real no tenemos criterios que nos permitan saber si los hechos que el niño narra ocurrieron realmente como él los cuenta o no.  Esplin, Boychuk y Raskin (1988) han realizado  uno de los pocos estudios de este tipo que existen. Estos autores trabajan con las declaraciones (que habían sido recogidas en audio) de 40 niños de edades comprendidas entre los tres años y medio y los diecisiete años de edad. Entre ellas, 20 corresponden a casos de abuso sexual probado y 20 a denuncias que no han prosperado.  Los requisitos necesarios para incluir un caso en el grupo de abuso sexual probado son dos: la confesión del acusado y la evidencia médica. En 18 casos el acusado ha confesado, y en 14 de los niños hay evidencia médica de trauma vaginal o anal. Todos los casos considerados en la categoría de verdaderos cumplen al menos uno de los dos requisitos. Al igual que en el estudio realizado por Yuille (1988), los evaluadores son "ciegos" respecto al valor real de verdad de las declaraciones. Los resultados confirman la validez de la CBCA y la SVA en la discriminación de ambos tipos de relatos.

La experiencia de muchos años de mi equipo de la universidad de La Laguna durante la instrucción de sumarios por presuntos delitos sexuales a menores, parece confirmar los resultados obtenidos por Esplin (Esplin y cols., 1988). En los diversos casos en los que hemos participado, los criterios que mejor parecen discriminar las declaraciones verdaderas de las falsas son: la contextualización espacio-temporal del incidente (i.e. cuando mi madre se va a trabajar por la tarde, en el baño de mi casa, sobre una toalla que papá pone en el suelo para que no me enfríe el culito), las alusiones a complicaciones inesperadas durante el episodio de abuso (i.e. llamaron a la puerta y él dijo, ya voy, ya voy, estoy terminando), la descripción de conversaciones (i.e. me decía: C... estate calladita, o te parto la cara) y los detalles ingenuamente malinterpretados (i.e. al final a él le dolía y se quejaba). En las declaraciones falsas, por su parte, los hechos se describen de forma que podríamos considerar que el menor es víctima de un adulto que tuviera las manos atadas a la espalda (i.e. me besaba el ... y me rozaba el culito con su pene), no hay descripciones contextuales, nadie interrumpe, no se habla, no se dan instrucciones, no se amenaza.... En estas ocasiones nos encontramos con que los niños más pequeños admiten la inducción por un adulto del testimonio falso (i.e. a veces no me acuerdo de las cosas, pero después mi mamá - que tiene muy buena memoria- me las recuerda y entonces yo las recuerdo también). En lo que se refiere al tono emocional, en estos casos los niños narran el falso abuso con un enorme desparpajo, mientras que las víctimas reales muestran una alteración emocional intensa durante la descripción de los sucedido; en los más pequeños, se expresa repugnancia ante la manipulación de que son objeto, en los mayores, sentimientos de humillación y vergüenza.

La CBCA ha sido analizada recientemente por  Horowitz (Horowitz y cols.,  1997) quien ha valorado la fiabilidad interjueces y test-retest del los criterios. En las declaraciones de un centenar de niños supuestamente víctimas de abuso sexual. Los resultados muestran que si bien la fiabilidad de los criterios, cuando se repite la evaluación,  es alta , no ocurre lo mismo con la fiabilidad interjueces. En este caso sólo son fiables 14 del los 19 criterios. Estas diferencias interjueces habían sido encontradas por Landry y Brigham (1992) al aplicar la CBCA a las declaraciones de adultos que recuerdan sucesos emocionalmente traumáticos. En esta ocasión se ha encontrado que el entrenamiento del encargado de la evaluación juega un papel decisivo en la exactitud de las evaluaciones con la CBCA.

De nuevo cabe aquí una llamada a la precaución de aquellos que sin haber recibido un  entrenamiento adecuado, se arriesgan a la aplicación de  los procedimientos semi-estructurados de análisis de la credibilidad. De hecho, es curioso que del trabajo de Landry y Brigham se haya ignorado esta importante advertencia y, sin embargo se haya magnificado- más allá de lo que cualquier psicólogo experto en estos procedimientos haría- el hecho de que sean adultos los sujetos cuya credibilidad se evalúa. Así, ignorando el presupuesto de Undeutsch referente a la necesidad de reducir la validez de la SRA a relatos de niños que por su edad no dispondrían de suficiente conocimiento sexual como para fabricar un episodio como el que describen, este trabajo de Landry y Bigham ha sido malinterpretado en nuestro país, una vez más por profesionales que sin ser expertos en la técnica, se limitan a aplicarla de forma irresponsable. A la autora de este artículo le consta que en algunos tribunales se están presentando periciales de credibilidad de las declaraciones de personas adultas. Vaya desde estas páginas el absoluto rechazo a la sola posibilidad de que el testimonio de un testigo adulto pueda ser evaluado en cuanto a su credibilidad.

 

6.- Conclusiones

 

Llegados a este punto, me gustaría resumir el contenido de este capítulo, en algunas conclusiones que espero sean de utilidad para el lector interesado.

En primer lugar, acudiendo al título mismo del trabajo, el papel modulador que la violencia del episodio juega en la codificación y posterior recuerdo del incidente; por dar con una fórmula que lo exprese, aquí, como en tantas otras cosas,  menos es más: a menos violencia, más exactitud cabría esperar del recuerdo.

En segundo lugar, hacer hincapié en el concepto de reelaboración de los recuerdos. Lo que recordamos no es lo que sucedió sino el resultado de la pobreza de nuestra codificación y la reelaboración de ese recuerdo con o sin ayuda externa: hipercatexia e iatrogenia esos son los dos apellidos de nuestros recuerdos.

En tercer lugar, advertir del riesgo de la presencia de estos fenómenos, en especial la itrogenia, en el recuerdo de los niños. El riesgo de sugestión, siempre presente en la memoria de los adultos, se vuelve aún más grave en los niños. Despreciar la existencia de este riesgo será siempre un peligro.

En cuarto lugar, quiero insistir en la edad del testigo cuya declaración se evalúa. Los escasos estudios con adultos y la CBCA no nos capacitan, estoy firmemente convencida de ello, para realizar evaluaciones de credibilidad en testigos que no sean menores.

Por último, pero no por ello menos importante, está el problema del entrenamiento necesario para poder aplicar estos procedimientos semi-estructurados de análisis de contenido.  A ningún psicólogo se le ocurriría  dedicarse a la terapia sistémica sin conocimientos de terapia sistémica, a ningún psicólogo se le ocurriría tratar trastornos sexuales sin conocimiento de  terapia sexual... sin embargo con los análisis de credibilidad ocurre como en su día le sucedía a la psicología:  te subías en un taxi y el taxista –tras la usual entrevista semi-estructurada a la que te suelen someter- concluía con esta frase lapidaria: “psicología la del taxi señora,  que son veinte años al volante y conoce uno a todo tipo de gente”. Si hace años  todos éramos psicólogos, hoy parece que todos somos expertos en los  análisis de credibilidad, y esto no es así (ver Alonso-Quecuty y Diges, 1996; Diges y Alonso-Quecuty,1993). Seamos cuidadosos con los recuerdos del testigo, con los análisis que apliquemos a esos recuerdos y con las conclusiones a las que nos permitamos llegar con ellos, ese podría ser el resumen de este capítulo.

 

Referencias

 

 

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